En fuerza de lo expuesto en la parte motiva, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL RÉGIMEN NUEVO COMO PARA EL RÉGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en SANTA ANA DE CORO, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCION incoada por el ciudadano NICOLAS ANTONIO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.961.641, domiciliado en el municipio Mauroa del Estado Falcón; contra la ALCALDIA DEL MUNICIPO MAUROA DEL ESTADO FALCON, en el juicio por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios previstos en la Ley Orgánica del Trabajo. SEGUNDO: De conformidad con lo pautado en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, AGRÉGUESE.