DECISION
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio Farid Richa Dorado en representación de Central Banco universal, en contra del auto de fecha 22 de Enero de 2.008, dictado por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara en el juicio de Cobro de Bolívares intentado por el abogado Pablo Segundo Rodríguez Ollarves en contra de de Frigorífico La Papaya, C.A,. Queda así CONFIRMADO el auto apelado
De conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese a las partes de esta decisión, líbrese boleta y entréguesele al Alguacil, y conforme al 248 ejusdem expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al Libro respectivo.
Regístr.....