Por las razones antes expuestas este Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 1, del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a FRANCISCO JAVIER MUÑOZ OBANDO, HECTOR JOSE CASTILLO FUENTES, RAFAEL DEL JESUS MATA FUENTES Y LUCRECIA EVANGELISTA GARCIA CASTILLO, por su presunta participación en la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL Y COMPLICE NO NECESARIO EN EL DELITO DE VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y articulo 84, primer supuesto del numeral 4 del Código Penal, con la Agravante Genérica a la que contrae la norma contenida en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de OMISIS, de conformidad con el artículo 300 numeral 4 del Có.....