En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Cuarto del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando como Tribunal de Retasa y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, condena y ordena a LA PARTE INTIMADA GAETANO BLANDINI MANCINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.324.069 a pagar al Abogado WLADIMIR GONZALEZ ZAVARCE, titular de la cedula de identidad No. V- 14.335.127, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.680, la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 146.000,oo).