Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA incoada por la ciudadana WALESSA MARLENE CARRASCO ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I N° 15.674.809, debidamente asistida por el abogado VICTOR ANTONIO ROA GALENO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 147.554, contra el ciudadano EDDIE ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I N° 10.959.885, debidamente asistido por la abogado JOSSELYN CONTRERAS DUARTE, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 231.137. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión de conformidad con lo previsto en el artículo.....