Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por DESALOJO (VIVIENDA) incoado por el ciudadano GUILLERMO WADSKIER LUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.351.645, asistido por el abogado HERMES JESÚS ABREU LUZARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.018.649, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 54.782, en contra de la ciudadana GENOVEVA HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.989.606.
2. SEGUNDO: Se ordena la Notificación de las partes, en aplicación del artículo 174 del Cód.....