La Corte declaró SU INCOMPETENCIA para conocer de la pretensión de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada. SE ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que cumpla funciones de distribuidor. 01