En virtud a todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES, interpesta por ALFREDO JOSÉ BUSTAMENTE BARAGAÑA, endosatario en procuración de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES ANAMIR, C.A., en contra de EVELIN ROJAS RON, todos identificados en autos.-