se ordena la apertura de la incidencia referida, notifíquese a la presunta parte sustituta patronal empresa VAFRANCA, C.A; en cualquiera de sus representantes ciudadanas ANTONIA BEATRIZ DIAZ de BRACHO, DORIS AMELIA RODRÍGUEZ LAMAS y MARY LUZ FERNANDEZ MENDEZ, titulares de las cédulas de identidad Números V- 2.868.181, V- 6.827.670 y V- 11.036.414 respectivamente, indíquesele igualmente al presunto patrono de la apertura del lapso probatorio el cuál comenzará a discurrir a partir del día siguiente aquel que conste en autos la notificación.
Dado que la parte actora se encuentra a derecho, no ha lugar a su notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.