Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Que es COMPETENTE para conocer de la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JOSÉ LUIS PÁRAMOS RODRÍGUEZ y MANUEL EDUARDO FERNANDO PÁRAMOS RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números V- 5.545.549 y V- 5.967.692, respectivamente, actuando en este acto en su carácter de Directores de la desaparecida sociedad mercantil Industria Manufacturas de Empotrar, S.A. (MADEMSA), sin asistencia de abogado, contra el INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (IFE).
2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos JOSÉ LUIS PÁRAMOS RODRÍGUEZ y MANUEL EDUARDO FERNANDO PÁRAMOS RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad números V- 5.545.549 y V- 5.967.692, respectivamente, actuando en este acto en su carácter de Directores de la desaparecida sociedad mercan.....