DISPOSITIVA
Es por estos razonamientos, que este Tribunal del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por MARTIN PIÑATES EDGAR RAMON Y HERNANDEZ DE MARTIN CARMEN CIREIRA, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-10.643.938 y V- 11.851.296, venezolanos, mayores de edad, casados, domiciliados ambos en el Municipio Ospino Edo. Portuguesa, y disuelto en consecuencia el matrimonio por ellos contraído el 09 de Noviembre de 1990 ante el Registro Civil del Municipio Paez del Estado Portuguesa según acta Nº 81. ASI SE DECIDE.-
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese al Registro Civil del Municipio Paez del Estado Portuguesa, así como el Registrador Principal del Estado Portuguesa de la presente sentencia una vez que quede firme, anexándole copia certificadas de la misma, a los fines de que est.....