-II-
D E C I S I Ó N
En razón al Desistimiento, presentado por el abogado JUAN GABRIEL RIVERO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.540.427, abogado inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 352.10, actuando en su propio nombre y representación del ciudadano DAVID JONATHA RIVERO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.544.568, contra el ciudadano EDWARD ZAMIR RIVERO RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.246.036, representado por su abogado LIZ MARY ORJUELA DE RIVERO, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 161.533, en la presente demanda de Reconocimiento de Contenido y Firma, por este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su Homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzga.....