Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero en funciones de Control de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley otorga al Adolescente (Identidad Omitida). PRIMERO: Permiso para asistir a Clases, en la Unidad Educativa Nacional “Rafael Villavicencio” de esta Ciudad de Barquisimeto, en el horario comprendido entre las 7 a.m. a 1,30 p.m. de Lunes a Viernes y de 2; 30 p.m. a 6 p.m., los días Lunes y Martes, quien deberá estar acompañado de la persona que designe el Tribunal en la oportunidad de la realización de la audiencia para imponerlo de las medidas acordadas, persona que deberá acompañarlo en el momento de asistir a la actividades educativas. SEGUNDO: Se acuerda la Medida Cautelar contemplada en el artículo 582 literal “B” de la Ley Orgánica para Protección del Niño y el Adolescen.....