este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la pretensión de Divorcio, intentada por el ciudadano ARMANDO AQUILINO GALEANO, contra la ciudadana GLADYS COROMOTO ESCOBAR ESCALONA, ambos previamente identificados.
En consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial contraído por las partes por ante la Prefectura Civil del Distrito Yaritagua, del Municipio Peña, del Estado Yaracuy. En consecuencia, una vez quede definitivamente firme la presente decisión se procederá a librar oficios a la mencionada Prefectura y al Registro Principal del Estado Yaracuy, remitiendo copia certificada de la sentencia a los fines de que proceda a estampar la correspondiente nota marginal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Civil venezolano vigente, se declara extinguida la.....