DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Único: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de Suspensión de Efectos del acto administrativo de Efectos Particulares de fecha 06 de julio de 2012, emitida por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales ("INPSASEL"), a través de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Carabobo "Dra. Olga Montilla", mediante la cual expidió CONSTANCIA DE REGISTRO DE DELEGADO DE PREVENCIÓN Código Nº 14-3-49-D-2424-024993, donde certifica como delegado de prevención al ciudadano DOUGLAS MONTES