T E R C E R O:
Por las razones expuestas, Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley:
PRIMERO: Homologa: El Pre - Acuerdo Conciliatorio propuesto y celebrado entre las partes (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA), en fecha 17/09/12, en el despacho fiscaly lo Homologa al tenor de lo establecido en el Artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Suspendiendo el Proceso a Prueba por el Plazo de Seis (06) Meses, por consiguiente vence en fecha: 07 de Mayo de 2013.
SEGUNDO: Se impone al Adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), al cumplimiento de la siguiente condición: 1.- La prohibición del Adolescente Imputado: (IDENTIDAD OMITIDA), de agredir física y verbalmente a las víctimas el Niño (IDENTIDAD OMITIDA), 2- La Obligación de: someterse a la.....