Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento interpuesto por la entidad mercantil ATENTO VENEZUELA, S.A. actualmente VOCEM 2013 TELESERVICIOS, S.A., contra la providencia administrativa Nº 116-2014, de fecha 02/12/2014, expediente Nº 069-2013-01-02205, emitida por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA PARROQUIAS: EL SOCORRO, CANDELARIA, SANTA ROSA, MIGUEL PEÑA, NEGRO PRIMERO, MUNICIPIOS: CARLOS ARVELO, LIBERTADOR, BEJUMA, MONTALBAN y MIRANDA DEL ESTADO CARABOBO.
SEGUNDO: Se le otorga al presente desistimiento carácter de COSA JUZGADA y se declara terminado el presente proceso.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.