V
DECISIÓN
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por la ciudadana Beatriz Cárdenas Arenas, en su carácter de apoderada judicial de CENTRO DE PROCESAMIENTO ELECTRONICO DE SISTEMAS DE ALARMAS COMPAÑÍA ANONIMA (CEPROALARM), C.A. Nº de aportante INCE 030994, admitido por este tribunal el 28 de septiembre de 2006, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria del Sumario N° 6666 del 30 de julio de 2005 y actas de reparo Nros. 55049 y 55050 emitidas por el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), en las cuales se determinaron tributos, y se impone multa e intereses por un monto total de seis millones novecientos setenta y cinco mil quinientos treinta y seis bolívares sin céntimos (Bs.6.975.536,00)
2) NULAS y sin efecto lega.....