DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: Evacuadas como han sido las pruebas que han sido traídas a este Juicio Oral y Público una vez analizadas cada una de ellas concluye que no quedó demostrado durante el presente juicio la responsabilidad de la ciudadana INOCENCIA MANTILLA SILVA, cédula de identidad N° 9355749, nacido en la ciudad de Magdalena, Colombia, en fecha 08-02-1951, de 56 años de edad, venezolana, divorciada, de Ocupación Comerciante, hija de Arriana Mantilla Silva y José de Jesús Mantilla, residenciada en carrera 27 entre calles 38 y 39, N° 38-59 de esta ciudad, por el delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el 277 del Código Penal; es por lo cual este Tribunal Mixto declara INCULPABLE de la comisión de dicho delito, y lo ABS.....