Con fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado IDENTIFICACION DEL ACUSADO MICKEL GRUDAS RESISTIDO, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia estado Carabobo, nacido en fecha 17-05-1987, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 18.179122, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en Guácara, Urbanización Turumo, Calle 4, Casa SN, Guácara estado Carabobo, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 149 Segundo Aparte, de la Ley Orgánica de Droga, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, con un peso de SESENTA Y DOS GRAMOS CON TRESCIENTOS NOVENTA MILIGRAMOS (62,390g), de Marihuana, sentencia condenatoria por ADMISION DE HECHOS.