DECISION
Por las razones expuestas éste Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, el recurso de apelación formulado por el abogado FERNANDO CURIEL CALDERON, en su carácter de apoderado judicial del quejoso.
INADMISIBLE LA ACCIÒN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesto por el ciudadano YONNY ROMULO ARTILES GONZALEZ, en su carácter de Secretario General del SINDICATO PROFESIONAL DE OBREROS Y OBRERAS DE LA VIGILANCIA PRIVADA Y SIMILARES DEL ESTADO CARABOBO(SIPO-OVIPRIS-CARABOBO),asistido por el abogado FERNANDO CURIEL CALDERON.
Queda en éstos términos CONFIRMADA, la sentencia recurrida.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circ.....