Por los razonamientos antes expuestos se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la DEMANDA, todo con motivo de la demanda incoada por el ciudadano MIGUEL ANGEL PEREZ MOLINA, titular de la Cédula de Identidad N° 11.370.726, PARTE DEMANDANTE, en contra de SERENOS METROPOLITANOS ARAGUA Y CARABOBO, C.A En consecuencia se condena a la parte Demandada a cancelar a la demandante VEINTI UN MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 21.928,74).
Se ordena experticia complementaria del fallo la cual será realizada por un único experto designado de común acuerdo por las partes y a falta de acuerdo designado por el Tribunal de Ejecución, siendo que los honorarios del experto estarán a cargo de la demandada de autos.-
INTERESES SOBRE ANTIGÜEDAD, de conformidad con lo .....