Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado LUÍS HIDALGO VILLANUEVA, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RENBRIQ CORONEL, ROBRIQ CORONEL y LIRBERT CORONEL, en contra del auto dictado el 15 de noviembre de 2017 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que oye en un solo efecto la apelación interpuesta en contra de la sentencia interlocutoria dictada el 16 de junio de 2017, que ordenó
la reposición de la causa al estado de nueva admisión de la demanda.