PRIMERO: PERECIDA la apelación interpuesta por el ciudadano José Rafael Fleitas Sánchez, venezolano, mayor de edad, de profesión taxista, titular de la cédula de identidad N° 11.166.043, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Juan Carlos Palomo Gamara, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 200.747 y de este domicilio.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 18/07/17 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Primer Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. ASÍ SE DECIDE.-