Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE al penado: MORENO VARGAS WILFREDO JOSE, titular de la cédula de identidad nro. 14.309.262, EL PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL, por no llenar los requisitos para el otorgamiento, y en su lugar OTORGA EL PERMISO ORDINARIO DE 48 HORAS, EN SU TERCERA MODALIDAD, EVALUCION FINES DE SEMANA, el cual cumplirá en el domicilio de su grupo familiar ubicado en: Barrio La Lucha, Avenida Principal, entre carreras 7 y 8 al lado de la Peluquería Zully, Barquisimeto, Estado Lara. Así mismo, se le imponen al penado las condiciones: 1.- Continuar estudios formales, consignando al Tribunal de manera trimestral constancias de estudios y de notas.- 2.- Asistir de manera mensual a terapias de autoestima y autoayuda, manteniendo informado mensualmente al Tribunal.-Todo de conformidad con los artículos 47, 49 y 50 del Reglamento Interno del Centro de Tratam.....