DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: Por cuanto el pago hecho en el presente Procedimiento comprende una cantidad líquida, determinada y exigible, y fue realizada en tiempo oportuno, se declara CON LUGAR, la OFERTA REAL DE PAGO, instada por el ciudadano EDIE ANTONIO TORRELLAS SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.573.640, parte oferente, a la ciudadana: NORKIS CAROLINA VELASQUEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. 10.777.015, parte oferida, así como el depósito realizado en el presente asunto, y contenido en el cheque de Gerencia del Banco Caribe, signado con el Nº 42605063 de fecha trece de Abril del año dos diez (13-04-2010) por un monto de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.F. 5.000,00) a nombre de la parte oferida; cantidad que compre.....