Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: consumado de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana ELIA ROSARIO PADRÓN AULAR, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro. V-10.731, asistida por el abogado en ejercicio FREDDYS DORTA ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.731.460, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.064, contra la Resolución Nro. 0701-2009 de fecha 09 de febrero de 2009, dictada por el GOBERNADOR DEL ESTADO CARABOBO, a tenor de lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.