Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente solicitud, en consecuencia, ordena por vía ORDINARIA y de conformidad con lo establecido en el artículo 772, 774 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 502 de Código Civil, la Rectificación de la partida de nacimiento, que corre inserta en los libros de registro civil principal del Municipio San Rafael Del Estado Portuguesa de nacimientos Correspondientes al año 1980, de por tanto mediante nota marginal debe dejarse constancia que el Ciudadano: EVELIO ARAQUE CARREÑO, al momento de la declaración del Nacimiento correspondiente a la solicitante, lo realizo ostentando la nacionalidad Colombiana, al ser el.....