DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariano de Venezuela y por autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: DECRETA LA aplicación de MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA prevista en el ordinal 1° del artículo 256 del Código Adjetivo Penal a favor del ciudadano: JOSÉ SANTIAGO HERNÁNDEZ GOMEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.649.285, por cuanto están dados los presupuestos del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y especialmente en resguardo de su Derecho Constitucional a la Salud. Se advierte a las partes que contra el presente Auto procede Recurso de Apelación. Cúmplase. Se libraron los correspondientes Oficios y Boletas.