decide declara improcedente lo peticionado. Y así se decide.-
Por las razones antes expuestos este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA MEDIDA DE EMBARGO Y SEGUESTRO PREVENTIVO, solicitada por la parte actora.-
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. Yuleima Castillo Oviedo,
LA SECRETARIA,
Abg. Egilda Rojas Sánchez
Exp: 851.-
Fa.-