CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LOS HECHOS
El Ministerio Público al narrar los hechos y sus circunstancias procedió a calificarlos como Complicidad en el delito Robo de Vehículo Automotor en Grado de Tentativa conforme al artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, advertido por el Tribunal a las partes la posibilidad de un cambio en la Calificación Jurídica de los hechos luego de la recepción de las pruebas, y previo el análisis de los hechos que fueron objeto del debate, estima el juzgador que lo ajustado a Derecho es Calificar los hechos conforme al artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en concordancia con el artículo 84 ordinal 3 del Código Penal por la complicidad calificada por el Ministerio Público, ya que al existir una norma penal que tipifica tales hechos lo propio es que previo el análisis los mismos proceda el Tribunal a subsumirlos en la figura típica prevista en la referi.....