Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal Extensión Carúpano del Estado Sucre, mediante Sentencia condenatoria dictada en fecha 25 de Febrero del año 2.005, en consecuencia EJECUTESE de conformidad con lo establecido en los Artículos 479 del Código Organico Procesal Penal y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el penado JOSE LUIS MONTAÑO GOTTI, titular de la Cédula de Identidad N ° V-16.423.412, fue condenado a cumplir la pena de UN (1) Año de Prisión, por la comisión del Robo Simple y Robo conla modalidad de Arrebaton,