DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos ya expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, , Administrando Justicia, en NOMBRE DE LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS, LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA AUTORIDAD QUE CONFIERE LA LEY, declara: CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana: DAYANA BENJAMIN, en su carácter de madre del niño: omite y así se decide. En consecuencia, se condena al demandado al pago de los siguientes conceptos: 1.- Al pago del treinta por ciento (30%), de su sueldo, salario o remuneración, para lo cual la patrona del demandado, efectuara las retenciones, mensuales y consecuentitas y las reemitirá a este Tribunal, por concepto de obligación alimentaria. 2.- Al pago de una cantidad adicional, igual a la obligación alimentaria estipulada en el punto No. 1 de esta dispositiva, entre los meses de julio y septiembre de cada año, a los fines de sufragar lo relativo a los uniformes y útiles escolares. 3.-.....