EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
ÚNICO: Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación al Desistimiento suscrito, da por terminado el presente expediente y ordena el archivo del mismo, procediéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.- Publíquese y regístrese. Asimismo, se acuerda librar oficio al Registro Inmobiliario respectivo a fin de suspender la medida decretada. Igualmente, se acuerda la devolución de los originales consignados, una vez la parte actora consigne los fotostatos respectivos.-
Dada, Firmada y sellada, en la sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los ocho (08) días del mes de Marzo del dos mil siete (2007).- Años 196º y 148º.
EL JUEZ,
Abg.....