Visto el Convenimiento suscrito por ante este Tribunal entre los ciudadanos: ROSENDO CASTILLO DELVIS JOSE, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 25.143.176, domiciliado en la carrera 4 con la calle 19 sector La Morita, cerca de la licorería El pollo piloto, Duaca Municipio Crespo, Estado Lara y acude voluntariamente la ciudadana: CUELLO ARENAS INGRID YAISAR , titular de la Cédula de Identidad Nº V-24.679.192, domiciliada en el barrio Simón Bolívar, cerca del comedor de San Juana, Parroquia Buenaventura Freitez, Municipio Crespo, Estado Lara, por motivo de Obligación de Manutención y expone el primero de los nombrados:
PRIMERO: El padre propone suministrar la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) Mensual de lo cual depositare Dos Mil Quinientos quincenal (2.500,00 Bs.) los cuales propone que sean depositados en la Cuenta de Ahorros del Banco Bicentenario que será aperturada por la madre de los niño por ante el Tribunal, la madre esta de acuerdo con la cantidad ofrecida .....