DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos formulada por la representación judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A., contra las Providencias Administrativas identificadas con las nomenclaturas 120508, de fecha 25 de Julio de 2012 y 002575 de fecha 29 de Agosto de 2012, emanadas de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Carabobo, Dra. Olga María Montilla, adscrito al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, UNA VEZ QUE SE CONSTITUYA LA FIANZA ORDENADA Y ACORDADA POR ESTE TRIBUNAL.
SEGUNDO: SE ORDENA a la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES JUNCAL, C.A, la constitución de una fianza a la orden de este Tribunal, la cual deberá ser consignada en cheque de ge.....