el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el contenido del numeral 3 del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA, contra el ciudadano ALEXANDER JOSE BASTARDO CARVAJAL Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.763.979, nacido en fecha: 05-09-81, mayor de edad, residenciado en cantarrana, sector las cuñas, casa s/n de esta ciudad, a quien este Tribunal le sigue causa por su presunta participación en el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, y por ende se decreta su privación de libertad, ello de conformidad a lo previsto en los artículos 2, 26 y 257 del texto fundamental Constitucional y artículos 5, 13 y 248 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, líbrense boletas de captura a nombre del imputado y junto con oficios remítanse a la Comandante del Destacamento Nª 78 de la Guardia Nac.....