Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano , Administrando justicia, en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal Penal , Decreta La Extinción la pena accesoria de Inhabilitación política impuesta a Alexis José Bruzual Rengel, venezolano, soltero, Mayor de edad, de profesión u oficio Comerciante, nacido en fecha 30-01-1974, hijo de Eudes Bruzual y Adelaida Rengel, titular de la cédula de identidad N° V- 11.856.364 ...