En base a las precedentes consideraciones esta SALA N° 02 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Fiscal Decimosegunda del Ministerio Público. SEGUNDO: ANULA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 10 de este Circuito Judicial en fecha 07 de Febrero de 2007, mediante la cual mediante la cual ordenó la entrega en depósito al imputado ROGELIO REALES HERNANDEZ, del vehículo que fue incautado en la causa que se le sigue junto al coimputado ALBERTO VERA RIVERA, por la presunta comisión del delito de TRAFICO Y OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31, encabezamiento, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.. .....