DISPOSITIVO DEL FALLO
En consecuencia, por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano IGLESIAS DAVID, titular de la cedula de identidad Nº 10.807.379, en contra de la empresa UNION DE CONDUCTORES AYACUCHO C.A, en consecuencia, condena a la demandada cancelar al actor la cantidad que arroje la experticia que se hará de acuerdo a la motiva y dispositiva del fallo, a cargo de un solo experto designado primero por acuerdo entre las partes y a falta de acuerdo de las partes el mismo será designado por el Tribunal de Ejecución