Se declara inadmisible el recurso intentado por la ciudadana Violeta Benavides, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-3.866.701, de este domicilio, asistida por la abogada Ana Belkis Uzcátegui de García, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.802, en contra del Estado Portuguesa.