Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sanciona a l adolescente xxxxxxxxL, venezolano, xxxx, xxxxxxxx, soltero,xxxxxxxx estudiante del Liceo José Silverio González, xxxxxxxx, xxxxxxxxxx, a cumplir la sanción de UN (01) año de reglas de conducta, la cual consiste en la determinación de obligaciones o prohibiciones para regular el modo de vida del adolescente así como para promover y asegurar su formación, por su participación en el delito de de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotrópicas, la cual consiste en la culminación de sus estudios en la Institución educativa en la cual se desarrolla hasta cumplir la sanción impuesta.