DECLARA.
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, La acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el abogado AGUSTIN ULPIANO PINEDA MORENO, inpreabogado Nº 53.448, actuando como representante judicial de la ciudadana VIRGINIA AMELIA BRIZUELA CALLES, titular de la cedula de identidad Nº 10.701.981; en contra de los ciudadanos GUSTAVO ANDRES BRIZUELA ZAMBRANO Y ANDREINA BRIZUELA CALLES, titulares de las cedulas de identidad Nros: 20.296.496, y 9.507.696, representado por el abogado LEOPOLDO VAN GRIEKEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3144; por violación a los Derechos Constitucionales: Derecho a la información, Derecho de propiedad, y el Derecho a Asociarse, consagrados en los artículos 28, 52 y 115 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: En consecuencia, téngase como PROCEDENTE, la denuncia referente al derecho de propiedad, en contra de la accionante de autos, ciudadana VIRGINIA AMELIA BRIZUELA CALLES, titular de la cedula de identidad Nº 10.701.98.....