Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1. - PROCEDENTE la medida cautelar solicitada en la demanda por abstención, interpuesta por los ciudadanos Orlando Ramón Miranda Benot y Johnny Gregorio Narváez, actuando en su condición de Diputados, el primero de los mencionados en su carácter de Presidente, del CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO LARA, asistidos por los abogados Domingo Mejías Pernalete y Gorka Ignacio Dam Barcelo, todos plenamente identificados; contra el ciudadano HENRI FALCÓN, ya identificado, en su condición de GOBERNADOR DEL ESTADO LARA. En consecuencia:
- Se ORDENA la suspensión inmediata de los ciudadanos Erick Pérez, Ana Luisa Angulo y Nelson Mújica, de los cargos desempeñados como Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto, Consultora Ju.....