Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta con lugar La Ratificación de la Medida de Privación de Libertad impuesta al sancionado "OMISSIS"; Por la comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado Por Motivos Fútiles E Innobles, tipificado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano Ender Gregorio Brazón Mújica (Occiso), por el cumplimiento de la medida de libertad asistida por el lapso de dos (02) años, nueve (09) meses y diez (10) días. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares Abg. Cledis González