Por todo lo anteriormente expuesto esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad al artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal Declara desistido el Recurso de Apelación, efectuado por la ciudadana acusada MARZKEGT JOSE SANCHEZ, asistida por la abogada MARY JOSE VELASQUEZ C. Queda firme la Sentencia Condenatoria dictada por la Jueza N° 4 del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal.-