PRIMERO: declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Fiscal Auxiliar Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, abogada YOLEHIDA QUINTERO MORA, SEGUNDO: REVOCA la decisión contenida en el auto de fecha 25 de marzo de 2009, dictado por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3 de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante el cual impuso al ciudadano JOSE MANUEL ARTEAGA SEQUERA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 17.892.814, y quien fue imputado por el delito HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal venezolano en perjuicio del ciudadano VICTOR MANUEL CASTILLO ROCHE., las medidas cautelares sustitutivas de libertad Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad, previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, numerales 3, 4, 5 y 8. y TERCERO: Decreta Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano JOSE MANUEL ARTEAGA .....