En mérito a las razones que preceden, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 217 de la Constitución de la República Bolivariana Acuerda Medida Judicial Precautelativa en la zona Protectora de la Quebrada La Cimarrona, Cerro La Vieja, Sector El Corozo, asentamiento campesino El Torrellero, Parroquia Sarare Municipio Simón Placas del Estado Lara, consistente en: PRIMERO: paralización inmediata de toda actividad, ya sean actividades de tala, quema, deforestación, movimientos de tierras, extracción de piedra caliza, extracción de mineral no metálico, ingreso y permanencia de cualquier tipo de maquinaria, entre otros; SEGUNDO: paralización de cualquier otra actividad sin contar con la perisología requerida por el organismo competente, esto es, el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente; y TERCERO: la eliminación de cualquier obstáculo que se haya colocado en el cauce .....