Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir en segunda instancia el juicio por oferta real de pago y depósito interpuesta por la ciudadana MARÍA JOSÉ OSORIO ROSALES, asistida por la abogada Dayana Vanessa Rodríguez Arrieche, contra el ciudadano JUAN DE JESÚS CASTILLO ARRIECHE, todos identificados.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 11 de mayo de 2011, por la abogada Digna Arrieche Mogollón, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora.
TERCERO: SE CONFIRMA con las modificaciones expuestas en el presente fallo, la sentencia definitiva dictada en fecha 09 de mayo de 2011, por el entonces Juzgado del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
CUARTO: S.....