Visto el convenimiento habido entre la parte actora y el co-demandado ciudadano: WILLIAN NICOLAS MEDINA, en fecha 03-08-2.007, que cursa a los folios 10 y 11 de la segunda pieza del expediente, se acuerda homologar el presente convenimiento como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en eñ Art`ciulo 263 del Còdigo de Procedimiento Civil, se da por terminado en presente procedimiento con respecto al co-demandado de autos ciudadano: WILLIAN NICOLAS MEDINA.- Cùmplase lo ordenado.-